lunes, 5 de mayo de 2008

TEORIA DEL ESTADO

TEORIA GENERAL DEL ESTADO. LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA. EL PODER PÚBLICO.
-El hombre como ser social. Anarquía y despotismo.
-Organización social. Origen del Estado. Definición de Estado. Elementos constitutivos.
-El derecho. Clasificación. El Estado de derecho.
-Poder Público. Rama Legislativa, y Judicial. Órganos de Control
- Resumen.
EL HOMBRE COMO SER SOCIAL. ANARQUÍA Y DESPOTISMO.
El hombre es un animal político por excelencia. Su comportamiento está determinado por las relaciones con sus semejantes y de éstas depende su supervivencia.
El hombre no vive aislado, requiere de otros para la satisfacción de sus necesidades.
Estas relaciones se denominan: RELACIONES SOCIALES y son la base de la configuración de los pueblos. Se dan bajo la forma de nexos de solidaridad (amistad) o de nexos de oposición (enemistad) y de éstos depende la dinámica social.
Toda sociedad está estructurada a partir de la unión moral y estable de las familias y de las personas, por medio del trabajo.
Las relaciones sociales se someten a la tendencia egocéntrica y a la desigualdad sico-física de las personas, estas dos condiciones caracterizan su complejidad e influyen en la magnitud de aquellas.
Las relaciones sociales dan origen a los grupos sociales. Cada grupo tiene en su interior una estructura que le da forma. Algunos se manifiestan por los actos de todos los individuos que los integran, éstos actúan en forma independiente y cada uno decide su manejo, en forma propia y egoísta, se cae en el concepto de ANARQUÍA, el gobierno de todos. No hay autoridad ni poder. La anarquía propugna el aniquilamiento de la organización social. Cada quién manda. Nadie es responsable de nada.
Otros se manejan en forma absolutista, aparece un individuo que impone su voluntan de gobierno, aparece el DESPOTISMO, gobierno de uno solo con el manejo absoluto del poder. Hay una cabeza que imparte las normas y éstas se cumplen. Forma de gobierno en el cual el poder se ejerce de manera absoluta y arbitraria y la relación entre el gobernador y el gobernado se puede comparar con la que existe entre el caballero y el esclavo.
LA ORGANIZACIÓN SOCIAL. ORIGEN DEL ESTADO. DEFINICIÓN. ELEMENTOS CONSTITUTIVOS.
Las relaciones sociales dan origen al concepto de PODER. Los pueblos primitivos cimentaban el poder en el ejercicio de la fuerza física. A mayor fuerza más poder. Con la evolución del conocimiento, a través de la historia del hombre, se generó un nuevo concepto de poder, el de la RAZÓN. Por medio de un proceso complejo el individuo ha estructurado un sistema de poder, el denominado: PODER CIVIL.
LA NORMA EN LA ORGANIZACIÓN SOCIAL
Dentro de las relaciones sociales se perfilan convicciones comunes en cuestiones de credos, gustos, dirección de la vida privada y otras que se convierten en costumbres. La costumbre, definida como el hábito adquirido por la repetición de actos de la misma especie, también como el conjunto de cualidades o inclinaciones y usos que forman el carácter distintivo de una persona, genera la NORMA.
La norma representa la línea de conducta en el individuo. Es la regla que se debe seguir o a que se deben ajustar las conductas, tareas, actividades y acciones del hombre. Como principio, puede decirse: El Hombre debe cumplir las normas.
Su cumplimiento representa el aporte al orden social en que se desenvuelve. La norma imprime un deber y conlleva una responsabilidad. Se fundamenta en la determinación de una solución social.
La responsabilidad es la obligación de dar cuenta ante la sociedad por las consecuencias de un hecho o un acto.
Los retos del mundo actual trascienden todas las fronteras. La generación de conocimiento sitúa al hombre entre la creatividad y la innovación.
Se requiere del conocimiento mutuo y de la propia identidad en las relaciones de amor, respeto legal y moral y estima social.
Es un deber tratar igualitariamente a cada persona y demostrar solidaridad y estimar a los demás en su particularidad.
El individuo debe asimilarla y propender por su estricto cumplimiento. Una sociedad sin normas es una sociedad amorfa y débil, una sociedad caótica y con falla en los derechos de las personas.
La norma tiene la fuerza de una obligación hacia el mantenimiento del orden social. Se articula en la estructura de la sociedad misma.
Vale el hombre porque cumple a su gente, porque propende por su bienestar. Vale ante la sociedad porque cumple las normas.
Cuando la norma se vuelve obsoleta, porque ya entorpece el avance y el progreso aparece la desobediencia civil. Hay negación del cumplimiento de la norma y se debe revisar la exigencia del cambio.
La fuerza de la norma se circunscribe a la aceptación por consenso. Cuando aquella afecta a un conglomerado social se cae de peso y es necesario su redefinición.
El avance cambiante de la civilización exige la revisión de aquella, de la obsolescencia que la aqueja.
La preocupación del hombre es su bienestar y ha aprendido que lo puede lograr a través de la práctica de las costumbres sanas.
De cada acto humano puede hacerse una reflexión que mediante la consciencia pueda ser determinado como agradable. La génesis de la norma se fundamenta en el concepto anterior.
Una condición inherente a la persona es la adopción de elementos que le sean agradables y le produzcan bienestar. Sobre ésta base construye su propia forma de vida y construye esquemas de manejo que circunscriben a un grupo en particular.
Los actos humanos son las manifestaciones de la relación del hombre con su ambiente físico, psíquico y social.
Cada uno de aquellos es producto del ser mismo y por esos son de su entera responsabilidad. El hombre tiene la capacidad de decidir cómo actúa y cómo no.
En la configuración de los grupos sociales se dan elementos que identifican a cada uno de sus miembros, a través de sus relaciones sociales se fijan objetivos útiles para el grupo.
En la medida de su complejidad va adoptando normas fundamentales que enmarcas su dinámica y comprometen su desarrollo.
Una norma puede ser sancionada o afianzada en dos sentidos: cuando la autoridad superior la valida confirmándola o cuando aquella recibe mayor eficacia por adición de castigos o de estímulos.
La norma es la base de una organización social. Debe ser cumplida por cada uno de sus integrantes. Así quien la cumple se gratifica y vive dentro de un ambiente de respeto y de acatamiento.
La generación de las normas da lugar al concepto de Estado. El acatamiento puede hacerse en forma voluntaria o en forma obligatoria.
Sobre el manejo armónico del poder de la fuerza física (poder militar) y del poder de la fuerza de la razón (poder civil) se han construido las organizaciones sociales o ESTADOS.
ESTADO: Es la persona políticamente organizada del pueblo, dentro de un territorio determinado. El derecho político estudia el Estado en general. Lo configura en la Constitución, en los fines, en su naturaleza, origen, vida y actuación del gobierno. Maquiavelo fue el primero en emplear la palabra Estado.
ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DEL ESTADO
1. TERRITORIO: Expresión geográfica dentro del cual se ejerce el poder del Estado. Comprende tierra firme, subsuelo, lagos, ríos, mares interiores, mar territorial y espacio aéreo. También se consideran las embajadas de dicho Estado en otros. País es lo mismo que territorio.
2. POBLACIÓN: Conjunto de familias que habitan el territorio del Estado y se rigen por un gobierno o poder. La familia es la célula social. El hombre es la unidad para formar la familia. El hombre no puede valer sin la familia, la familia no puede valer sin el hombre. Las familias se animan de voluntad para formar el Estado.
3. NACIÓN: Conjunto de familias unidas por vínculos sociales, de raza, creencias, religión, idioma.
La nación es una parte de la población. Un Estado puede contener varias naciones. Ejemplo: La Comunidad de Estados Independientes (CEI) antes Unión Soviética. Una nación puede estar dispersa en varios Estados. Ejemplo el pueblo judío.
4. GOBIERNO: Conjunto ordenado de magistraturas públicas que tiene a su cargo la organización política del Estado. Conjunto de los órganos de un Estado que determinan la orientación de la política del país. La magistratura pública se configura en la nación, el departamento y el Municipio. No hay Estado sin Gobierno. Engels dice que el Estado es transitorio, tiende a desaparecer.
El derecho es una de las manifestaciones del Estado y cumple una función en la organización del gobierno.
6. SOBERANÍA: Autoridad suprema independiente. Poder político de una nación o de un organismo que no está sometido al control de otro Estado.
DEFINICIÓN DE ESTADO
El Estado es aquella población, unida por una serie de vínculos sociales, raciales, creencias, idioma, etc. que habita un territorio. Tiene su propia forma de gobierno, con autoridad suprema independiente. Tiene como objetivo la búsqueda de la justicia social y de una óptima calidad de vida.
EL DERECHO. NATURALEZA DEL DERECHO. CLASIFICACIÓN. EL ESTADO DE DERECHO.
Dentro del concepto de ESTADO ya analizado podemos determinar el conjunto de normas bajo el cual se desarrolla. El Estado de derecho está formado por las normas jurídicas que lo sustentan. Estas normas configuran la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
El DERECHO es el conjunto de normas obligatorias que determinan las relaciones de los hombres con sus semejantes. Tiene como objetivo: asegurar la armonía y justicia social.
La naturaleza del derecho está fundamentada en el sistema logístico y estructuralista que plantean las siguientes escuelas:
El JUSNATURALISMO establece que el fundamento del derecho se halla en la razón. A partir de la inducción y la deducción se genera su estructura.
El HISTORICISMO plantea que el fundamento del derecho se halla en la concepción: pasado y presente. El progreso humano se debe a la revisión de los prejuicios heredados.
El POSITIVISMO dice que el fundamento se halla en el método científico, en la experimentación. El objetivo de la ciencia se cifra en la descripción pura de los hechos.
El MARXISMO analiza el fundamento del derecho sobre la base económica y la materia como única sustancia del universo. El materialismo dialéctico.
CLASIFICACIÓN
El derecho se clasifica en tres grandes ramas:
1. PUBLICO. Pertenecen a esta rama:
a. Derecho constitucional. Tiene que ver con la organización general del
Estado. Se plasma en la Constitución Política de Colombia de 1991.
b. El derecho Administrativo. Código Contencioso Administrativo. Resuelve las relaciones entre el Estado y el individuo.
c. El derecho Penal. Código penal y Código de procedimiento penal. Se refiere a los delitos y a las penas.
d. El derecho Tributario. Determina el régimen de impuestos.
e. El derecho Aduanero. Fija la normatización a las importaciones y exportaciones.
f. El derecho Internacional. Resuelve las relaciones entre los diferentes estados.
2. SOCIAL: Pertenecen a esta rama:
a. El derecho Laboral. Resuelve las relaciones entre patronos y trabajadores.
b. El derecho Agrario. Resuelve las relaciones entre los propietarios de la tierra y los individuos.
c. El derecho Locatario. Resuelve las relaciones entre los propietarios de la propiedad raíz y los tenedores
.
d. El derecho Sanitario (CÓDIGO SANITARIO NACIONAL). Resuelve las relaciones entre el hombre y su medio ambiente. Tiene que ver con las profesiones de la salud.
3. PRIVADO. Pertenecen a esta rama:
a. El derecho Civil. Regula las relaciones entre las personas, las familias.
b.El derecho Comercial. Regula las relaciones que crea el comercio. Compra, venta y permuta de bienes y servicios.
c.El derecho Minero. Determina el régimen de explotación de minas.
d.El derecho Internacional privado. Resuelve las relaciones entre el Estado y los individuos en otros Estados.
EL ESTADO DE DERECHO
La Constitución Política de 1991 define a COLOMBIA como:
"Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general".
EL PODER PÚBLICO. RAMA LEGISLATIVA, EJECUTIVA Y JUDICIAL. ORGANISMOS DE CONTROL.
Las ramas del poder público son: La Legislativa, la Ejecutiva y la Judicial.
Además de los órganos que las integran existen otros autónomos e independientes, para el cumplimiento de las demás funciones del Estado. Los diferentes órganos del Estado tienen funciones separadas pero colaboran armónicamente para la realización de sus fines.
RAMA LEGISLATIVA:
La cabeza está representada por el Congreso. Forma bicameral, tomada del modelo Ingles. Está constituido por el Senado y la Cámara de Representantes.
Corresponde al CONGRESO, reformar la Constitución, hacer las leyes y ejercer control político sobre el gobierno y la administración.
Cada Cámara está constituida en Comisiones permanentes que dan el primer debate a los proyectos de ley.
Estas comisiones son:
1. Asuntos constitucionales, de notariado y de paz.
2. Defensa y política internacional.
3. Hacienda e Impuestos.
4. Presupuesto.
5. Asuntos agropecuarios y del medio ambiente.
6. Comunicaciones.
7. Salud y Seguridad Social.
Son funciones del Congreso:
-Interpretar, reformar y derogar leyes.
-Expedir Códigos.
-Aprobar el Plan Nacional de Desarrollo.
-Definir las divisiones de los entes territoriales.
-Facultar al Presidente para que legisle.
Pueden presentar proyectos de ley:
-Un número de ciudadanos equivalente al cinco por ciento del censo electoral.
-El treinta por ciento de los Concejales y Diputados del país.
-La Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia, el Procurador General de la nación, el Contralor General de la República, en materia relacionada con sus funciones.
-Los Senadores y Representantes a la Cámara.
-El Gobierno Nacional.
Un proyecto de ley tendiente a modificar el ejercicio de la Farmacia y adecuarlo a las necesidades del país debe ser presentado al Congreso y sustentado por el interesado.
Ningún proyecto será ley sin los requisitos siguientes:
a. Haber sido publicado oficialmente por el Congreso.
b. Haber sido aprobado en primer debate en la correspondiente comisión permanente de cada Cámara.
c. Haber sido aprobado en cada Cámara en segundo debate o sesión plenaria.
d. Haber obtenido la sanción del gobierno. Lo que significa haber sido firmada.
El Congreso se expresa en forma de LEYES.
RAMA EJECUTIVA
Su función es la de ejecutar la Ley. La cabeza es el Gobierno Nacional que está formado por el Presidente de la República, los Ministros de despacho y los Directores de Departamentos Administrativos.
El Presidente y el Ministro o Director de Departamento correspondientes, en cada negocio particular, constituyen el Gobierno. Ningún acto del Presidente tiene validez si no ha sido refrendado por el Ministro o Director de Departamento.
El Presidente de la República debe tomar posesión de su destino ante el Congreso y prestar juramento en estos términos: "Juro a Dios y prometo al pueblo cumplir fielmente la Constitución y las leyes de Colombia".
Las Gobernaciones, las alcaldías y los establecimientos públicos hacen parte de la rama ejecutiva.
Las decisiones de los funcionarios públicos se denominan ACTOS ADMINISTRATIVOS y para que surtan sus efectos deben ser publicadas en el Diario Oficial.
La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.
El Presidente, los Gobernadores y los Alcaldes se expresan en forma de DECRETOS. Las demás autoridades se expresan en forma de RESOLUCIONES.
RAMA JUDICIAL
La función judicial es la actividad estatal que se manifiesta mediante actos procesales.
El objeto de la rama judicial es resolver conflictos jurídicos entre particulares, entre particulares y el estado, castigar las infracciones de la ley penal y defender el orden jurídico.
La Constitución de 1991 determinó para la justicia los siguientes órganos:
-Consejo superior de la judicatura. Encargado de administrar la carrera judicial.
-Corte Constitucional. Encargada del control de constitucionalidad sobre las demandas de inconstitucionalidad que promuevan los ciudadanos contra los actos reformatorios de la Constitución.
-Corte Suprema de Justicia. Es el máximo tribunal de la jurisdicción ordinaria. Es la encargada de juzgar al Presidente y a los altos funcionarios del Estado (magistrados, fiscal general de la nación, miembros del congreso, ministros de despacho, procurador general, defensor del pueblo).
-Consejo de Estado. Es el máximo tribunal de lo contencioso administrativo. Conoce de las acciones de nulidad por inconstitucionalidad de los decretos dictados por el gobierno nacional y cuya competencia no corresponda a la Corte Constitucional. También actúa como cuerpo consultivo del gobierno en asuntos de la administración.
-Fiscalía General de la Nación. Le corresponde mediante denuncia o querella, investigar los delitos y acusar a los presuntos infractores ante los juzgados y tribunales competentes.
LA FUNCION DE CONTROL:
El Ministerio Público vigila todos los actos oficiales, en todos los órdenes y jurisdicciones del Estado.
El Ministerio Público lo ejercen: el Procurador General de la Nación, el Defensor del Pueblo, los Procuradores delegados, los Agentes del Ministerio público, los personeros Municipales.
Al Ministerio Público le corresponde: Representar a la nación, frente a los débiles e incapacitados; la protección del interés público y la vigilancia de la conducta oficial.
Cualquier problema del ciudadano con un funcionario público debe ser resuelto por el Ministerio Público.
El defensor del Pueblo tiene la responsabilidad de divulgar los derechos humanos y recomendar las políticas para su enseñanza. Invocar el derecho de hábeas corpus e interponer las acciones de tutela.
La Contraloría vigila la gestión fiscal del país y controla el resultado de la administración.
Con el control de gestión se busca luchar contra la corrupción. La corrupción representa un costo social y económico y representa un serio obstáculo para el desarrollo del país.
LA FUNCION ELECTORAL:
En las democracias ha sido norma garantizar una organización electoral que oriente y dirija los procesos electorales con eficiencia, pulcritud y autonomía frente a los otros poderes. La organización electoral tiene como objetivo: asegurar la transparencia y la objetividad del proceso electoral y garantizar el principio de igualdad.
La función electoral procura garantizar, entre otros, los siguientes aspectos:
-Que pueda votar todo el que tenga derecho a hacerlo.
-Que el voto dé por resultado la expresión real de las fuerzas sociales.
-Que los resultados de la elección no puedan falsearse.
Son dos (2) las autoridades electorales en nuestro país: El Consejo Nacional Electoral y la Registraduría Nacional del Estado Civil.
Corresponde al Consejo Nacional Electoral ejercer la suprema vigilancia e inspección de la organización electoral.

Corresponde a la Registraduría Nacional del Estado Civil la dirección y organización de las elecciones, el registro del estado civil y la identificación de las personas. 

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